El 25 de abril de 2016 fue depositado un recurso de amparo ante el juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de primera instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, por la sociedad civil representada por la Asociación para la Protección del Medio Ambiente y el Turismo en la Zona de Cabarete y Sosua, Inc. (ASOPROCASO)
Este recurso fue depositado por lo que consideran una violación a las disposiciones de acceso público a playas indicados en el Decreto 847/09 sobre ordenamiento territorial turístico de Cabarete, en específico a la resolución 9/2012 que dispone de 5 metros de ancho para los accesos públicos a playas de este municipio turístico.
En dicho amparo se señala a la empresa Constructora Cabarete Vento Mare, S.A. de bloquear un acceso público histórico a la playa de Punta Goleta, con un muro de 2 kilómetros de largo para el proyecto “Seawinds” (Goleta on the Beach), que consiste en el desarrollo turístico-inmobiliario de bloques de apartamentos, villas, lotes para venta y restaurantes, entre otros.
En el recurso de amparo de solicita ordenar el cese inmediato a la turbación ilícita del impedimento del acceso a la playa Goleta por la empresa demandada, restaurar el acceso de 5 metros de ancho fiscalizado por las instituciones correspondientes y en presencia del demandante, la condena al demandado de un pago diario de RD$15,000 por cada día de retraso en el cumplimento de la sentencia a intervenir.
El ambientalista y presidente de ASOPROCASO, Michel Gay-Crosier, afirma que han denunciado durante varios años la situación, incluso ante la actual alcalde, Raquel Sierra, quien “engavetó” el caso luego de una visita del promotor de Seawinds, José Espejo.
La primera audiencia se realizó el pasado 17 de mayo, en la cual el juez decidió hacer una inspección del lugar el martes 24 del mismo mes. Luego de la inspección fijó una nueva audiencia para el próximo 1 de junio de 2016.
La resolución No. 9/2012 específica en lo relativo al acceso público a las playas de Cabarete: “Debiéndose disponer de un acceso a playa al menos cada 500 metros lineales, medidos en paralelo a la costa. Este requerimiento no implica en ningún caso el cierre parcial o total de los accesos actuales, ni la prohibición de la libre circulación por las playas o por la franja de los 60 metros de franja marina”.
Además, atribuyen a dicha empresa secar humedales y rellenar con material de caliche área protegida, desafiando autoridades y violando disposiciones legales, acciones denunciadas al Ministerio que, aseguran, ha actuado tímidamente.
A la empresa Constructora Cabarete Vento Mare, S.A. le fue otorgada una licencia ambiental firmada el 9 de enero de 2009 por el entonces ministro de Medio Ambiente, Jaime David Fernández Mirabal.
Según se establece en el artículo 45 de la Ley General Sobre Media Ambiente y Recursos Naturales, No.64-00, la presente licencia ambiental obliga a la empresa, promotora Constructora Cabarete Vento Mare, S.A, a asumir las responsabilidades administrativas, civiles y penales de los daños que causaren al medio ambiente y a los recursos naturales. Si estos daños son producto de la violación a los términos establecidos en la licencia ambiental y el permiso ambiental, deberá asumir las consecuencias jurídicas y económicas pertinentes.
En dicha licencia se especifica que será responsabilidad de la empresa promotora Constructora Cabarete Vento Mare, S.A. cumplir con todos los términos y condiciones de la licencia, por lo que la violación de cualquiera de estos será causa de revocación temporal a definitiva de la misma.
El 19 de abril de 2016 fue depositada una carta, por ASOPROCASO, ante el procurador de Medio Ambiente del departamento judicial de Puerto Plata, donde piden la intervención sobre la situación encontrada atrás del proyecto Seawinds donde se evidencia que se está secando la laguna, área protegida que pertenece al Parque Nacional El Choco.
Acusan a dicho proyecto de construir en noviembre de 2015 un camino de caliche de 150 metros de largo dentro de la laguna, el cual fue intervenido por la Dirección Provincial de Medio Ambiente, pero sin aplicar ninguna sanción.
La zona donde se encuentra el área drenada se encuentra en las cercanías del camino de caliche intervenido.
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